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Marlin Martínez salió del Centro de Corrección Rafey Mujeres en Santiago el 16 de septiembre 2020 luego de poco más de dos años de estar presa por su participación en el asesinato de Emey Peguero, la adolescente que murió en agosto de 2017 producto de golpes, tortura y barbarie a que fue sometida mientras el hijo de la condenada, Marlon Martínez, le practicaba un aborto clandestino. Tenía cinco meses de embarazo.
El joven, que era el padre de la criatura y novio de la víctima, fue ayudado por su madre (Marlin) a ocultar el cadáver que sacó de un apartamento propiedad familiar dentro de una maleta. Días antes también había ido a buscarla donde una hermana suya y se la llevó para "llevarla al médico", de acuerdo a relatos. El cuerpo de la adolescente de 16 años fue encontrado días después de una búsqueda intensa en todo el país en una finca de Marlin en Moca, provincia Espaillat. Allí fue llevado, presuntamente, por una persona cercana a ella.
El Ministerio Público acusó a Marlin Martínez de quebrantar los artículos 59, 60, 61 y 62, 354, 355, y 359 del Código Penal Dominicano relativos a sustracción de un menor, ocultamiento de cadáver y de ser cómplice de su vástago en el crimen. Su hijo, Marlon, fue imputado de violentar los artículos 295, 296, 297, 298, 302, 303, 303-4, 304 del mismo código. Para ella solicitó 20 años de prisión y para él 30.
La sentencia
La sentencia No. 136-031-2018 SSEN-00082 fue emitida el 7 de noviembre de 2018 por el Segundo Tribunal Colegiado de San Francisco de Macorís, compuesto por los jueces María de los Ángeles Concepción, Víctor Inoa y Carminia Caminero. Marlin Martínez fue condenada a 5 años de cárcel, pero luego su pena le fue reducida a dos años por la Suprema Corte de Justicia (SCJ). A su hijo, Marlon Martínez, lo sentenciaron a 30 años de reclusión, la pena mayor que contempla el Código Penal Dominicano. Su castigo fue ratificada por la Suprema , al igual que la reducción a 2 años de reclusión a su madre el 29 de diciembre de 2020.
La motivación de la condena
La sentencia de Marlin fue por sustracción y ocultamiento del cadáver. La de Marlon fue por provocarle la muerte a su novia de 16 años mientras le practicaba un aborto ilegal y en condiciones inhumanas. Para ello, la golpeó en la cabeza con un objeto contundente y la sometió a tortura y barbarie al practicarle un aborto de forma rudimentaria introduciéndole objetos por la vagina para extraer el feto.
El caso del asesinato de Emely Peguero consternó y mantuvo en vilo a todo el país y hubo protestas tras el primer fallo por la reducida pena que la población entendía que le fue dictaminada a Marlin (5 años), pero era lo que establece la ley en casos con esas imputaciones. Los jueces no la hallaron culpable de "complicidad" como alegó el Ministerio Público. alegaron que, "resulta notoria que la complicidad general debe ser realizada con anterioridad al hecho" y ella ayudó a ocultar el cuerpo cuando ya no tenía vida. En cambio, si fue sentenciada por sustracción de menores y ocultamiento de cadáver, cuya pena mayor está establecida en el CDP en cinco años de reclusión.
Citas del dispositivo
Una parte de la sentencia dice: "En el Código Penal Dominicano no se contempla la complicidad con posterioridad al hecho, por lo que aquella persona que interviene o participa realizando cualquier conducta, pero posterior al momento en que el autor había cometido el hecho, jamás podría considerarse como un acto de complicidad", dijo el juez Víctor Alfonso Ynoa Gómez mientras daba lectura al dispositivo de la sentencia en la audiencia.
- "Crear la complicidad de Marlin Martínez en base a los hechos que han sido probado al tribunal, constituiría el precedente más funesto para el derecho penal de la República Dominicana, pues sería pasar por encima a la Constitución, a la ley, a la jurisprudencia, al principio de legalidad, al Derecho como ciencia, a la Escuela Nacional de la Judicatura y, por qué no decir, a nuestra propia capacidad como profesionales", agregó.
El magistrado dejó claro, en la ocasión, que esos argumentos no eran producto de los jueces que conformaban ese tribunal, sino que también habían sidos argumentados por la Suprema Corte de Justicia (SCJ) en otras sentencias.
Esta condena ha cargado con el peso de los años de múltiples cuestionamientos de parte de sociedad y actores jurídicos. Para muchos fue un fallo injusto y Marlin Martínez debería estar en prisión cumpliendo una pena de al menos 20 años, como pidió el Ministerio Público. Igual sostuvo la Procuraduría General de la República, que, en su momento, mostró su desacuerdo con la sentencia que redujo a dos años de prisión que le fue dictada a Marlin por los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de San Francisco de Macorís el 15 de mayo de 2019.
En la ocasión, el entonces procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, anunció que recurrirían el fallo, tal como lo habían hecho con la sentencia No. 136-031-2018 SSEN-00082, de fecha 7 de noviembre de 2018 (primera condena).
En el caso de marlin Martínez y la sentencia que enfrentó se puede aplicar el principio general del Derecho que dice en latín: "Dura lex, sed lex" y que es español significa "La ley es dura, pero es la ley".
La máxima plantea que la ley debe aplicarse por igual para todo tipo de personas, por difícil que sea y que para hacerlo están los jueces, los cuales deben apegarse a los principios jurídicos.