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El Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, expresó su indignación por la tarifa de renovación de la licencia de conducir para las personas mayores de 65 años y por el periodo de vigencia asignado a estas licencias, lo que considera un acto discriminatorio por parte del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
Criticó que los envejecientes se ven obligados a pagar la tarifa estándar para la renovación, a pesar de que la vigencia de estas licencias es de solo dos años, en comparación con los cuatro años establecidos para el resto de la población.
Ante esta situación, Ulloa otorgó un plazo de 15 días al Intrant para que presente un informe debidamente fundamentado sobre las bases en las que se apoya la tarifa de renovación de licencias, que establece un periodo de vigencia para las personas mayores de 65 años inferior al habitual.
Asimismo, exigió que se le informe sobre las medidas que se tomarán en consideración de lo dispuesto en el artículo 39 de la Constitución, que garantiza el derecho a la igualdad, así como en las sentencias números TC/0033/12 y TC/0277/23 del Tribunal Constitucional, que reafirman la necesidad de respetar los derechos fundamentales y de no discriminar a ningún ciudadano por su edad.
"Este órgano constitucional solicita al Intrant que, mediante un acto administrativo debidamente motivado, nos informe cuál es el fundamento legal para la asignación de la tarifa de renovación de la licencia de conducir con una vigencia inferior a la habitual para las personas que han cumplido 65 años", indica el comunicado.
Ulloa envió un comunicado al director del Intrant, Milton Morrison, indicando que han tomado cartas en el asunto al entender que se trata de una injusticia. También mencionó que iniciaron una investigación al respecto, tras una publicación de Diario Libre titulada: "Intrant le desea feliz cumpleaños".
En la misiva, Ulloa presentó el caso de un hombre identificado como Daniel Santana, quien renovó su licencia en julio y pagó 3,800 pesos por una vigencia de solo dos años. Precisó que, insatisfecho con esta situación, el denunciante presentó una queja ante el Defensor del Pueblo para que se verificaran las razones por las cuales se le otorgó un periodo de vigencia tan corto.
El funcionario indicó que, aunque el Intrant se rige por el artículo 340 de la Ley 63-17, que establece que "el Intrant llevará, gestionará y administrará los registros sobre licencias de conducir que actualmente administra la Dirección General de Tránsito Terrestre del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones", les recordó que el artículo 39 de la Constitución de República Dominicana reconoce el derecho a la igualdad.
Advirtió que, en caso de que durante la investigación se demuestre la existencia de un hecho punible, procederán a poner el caso en manos del Ministerio Público.